NOTICIAS FISCALES DE LA 2° QNA. DE ABRIL DE 2015


JUEVES 16
La SHCP publica Anexos, glosario de definiciones y acrónimos 4, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 15, 16, 17, 19, 21, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30 y 31 de la RGCE publicadas en 7 de abril de 2015:
ANEXO 4 Horario de las aduanas
ANEXO 7 Fracciones arancelarias que identifican los insumos y diversas mercancías relacionadas con el sector agropecuario a que se refiere la regla 1.3.1., fracción XI.
ANEXO 8 Fracciones arancelarias que identifican los bienes de capital a que se refiere la regla 1.3.1., fracción XII.
ANEXO 9 Fracciones arancelarias que se autorizan a importar de conformidad con el artículo 61, fracción XIV de la Ley.
ANEXO 10 Sectores y fracciones arancelarias.
ANEXO 11 Rutas Fiscales autorizadas para efectuar el tránsito internacional de mercancías conforme a la regla 4.6.15.
ANEXO 12 Mercancías de las fracciones de la TIGIE que procede su Exportación Temporal.
ANEXO 15 Distancias y plazos máximos de traslado en días naturales para arribo de tránsitos.
ANEXO 16 Aduanas autorizadas para tramitar el despacho aduanero de mercancías que inicien el tránsito internacional en la frontera norte y lo terminen en la frontera sur del país o viceversa.
ANEXO 17 Mercancías por las que no procederá el tránsito internacional por territorio nacional.
ANEXO 19 Datos para efectos del artículo 184, fracción III de la Ley.
ANEXO 21 Aduanas autorizadas para tramitar el despacho aduanero de determinado tipo de mercancías
ANEXO 23 Mercancías peligrosas o que requieran instalaciones y/o equipos especiales para su muestreo.
ANEXO 24 Sistema automatizado de control de inventarios.
ANEXO 25 Puntos de revisión (Garitas).
ANEXO 26 Datos inexactos u omitidos de las Normas Oficiales Mexicanas contemplados en la regla 3.7.20.
ANEXO 27 Fracciones arancelarias de la TIGIE, por cuya importación no se está obligado al pago del IVA.
ANEXO 28 Fracciones arancelarias sensibles aplicables a la regla 3.8.1.
ANEXO 29 Relación de autorizaciones previstas en las reglas generales de comercio exterior para 2015.
ANEXO 30 fracciones arancelarias sujetas a la declaración de marcas nominativas.
ANEXO 31 Sistema de control de cuentas de créditos y garantías (SCCCyG).
VIERNES 17
ANEXO 1 de la RGCE publicadas en 7 de abril de 2015, «Declaraciones, avisos, formatos e instructivos de trámite».
SÁBADO 18
El portal del SAT publica la segunda resolución de modificaciones a la resolución miscelánea fiscal para 2015 y sus anexos 1 y 23 (aun no publicada en el DOF)
JUEVES 23
Mediante comunicado de prensa, el SAT informa que está próximo a vencer el plazo para enviar la contabilidad electrónica:
Comunicado 048
- El catálogo de cuentas y la balanza de comprobación correspondiente a enero y febrero deben enviarse a más tardar el 30 de abril.
- Es importante que los contribuyentes preparen su información para enviarla oportunamente.
Da Click Aqui para leer el Comunicado de prensa del SAT |
MIÉRCOLES 29
Mediante comunicado, el SAT da a conocer en su portal la Segunda Resolución de modificaciones a la RM Fiscal para 2015 y su anexo 1, 1A, 11, 20 y 23 donde sobresale la reforma a la regla 2.8.1.5 «cumplimiento de la disposición de entregar contabilidad en medios electrónicos de manera mensual»… deberán enviar a través del buzón tributario o a través de portal de trámites y servicios de la pagina de internet del SAT, conforme a la periodicidad… (Aun no publicada en el DOF)
También en esta Resolución se del derogan el capitulo 11.1 las reglas de la 11.1.1 la 11.1.18 y se adiciona la nueva 11.8.1 Del decreto de renovación de parque vehicular del autotransporte, publicado el 26 de marzo de 2015
JUEVES 30
Mediante comunicado de prensa 55/2015 el SAT informa que a fin de facilitar el cumplimiento del envido de la contabilidad electrónica, se da la opción de hacerlo por medio del portal en la sección de trámites y servicios o bien por medio del buzan tributario, siempre que se haya confirmado previamente la cuenta de correo electrónico del contribuyentes y se cuente con firma electrónica vigente.
Colaboración a cargo del CP., PCFI. y MI. José Luis Castro Peralta