NOTICIAS FISCALES DURANTE LA 1A QNA DE JULIO DE 2015


JUEVES 2
La SHCP publica en el Diario Oficial de la Federación la Tercera resolución de modificaciones a la Resolución miscelánea fiscal para 2015 donde se establecen relevantes las siguientes reglas:
- Los contribuyentes puedan llevar la documentación que integra su contabilidad, incluida la comprobatoria que ampare operaciones realizadas, en idioma diferente al español (regla 2.8.1.19.)
- La declaración sobre situación fiscal de operaciones con extranjeros no se exhibirá, si el importe en el año es menor a $30’000,000.00 (regla 2.20.4.)
- Se proporciona una lista de los alimentos preparados vendidos en los supers o tiendas que causan el IVA a la tasa del 16% (regla 4.3.6.)
- Las personas físicas que no estén obligadas a inscribirse en el RFC, cuyos saldos a favor o pagos de lo indebido sean inferiores a $10,000.00 (antes 40,000.00), no será necesario que cuenten con el certificado de la firma electrónica avanzada –Fiel– (regla 2.3.8.)
- Los contribuyentes del RIF que efectúen compras, inversiones y gastos cuyo importe sea mayor a $2,000.00 podrán pagarlas mediante transferencia electrónica o por monederos electrónicos (regla 3.13.12.)
- La declaración informativa de operaciones de maquila (DIEMSE) podrá presentarse a más tardar el 31 de diciembre de 2015 (art. quinto transitorio)
- Los contribuyentes que deban expedir comprobantes fiscales digitales por Internet (CFDI), deberán generar el certificado de sello digital a través del software “Certifica” (antes SOLCEDI) según la ficha de trámite 108/CFF (regla 2.7.1.5.)
- Los CFDI’s que se emitan por las remuneraciones efectuadas por concepto de asimilados a salarios deberán cumplir con el complemento publicado por el SAT en su página de Internet (regla 2.7.5.1.)
- Las personas morales y las asociaciones en participación residentes en México, que cuenten con socios, accionistas o asociados residentes en el extranjero que no están obligados a solicitar su inscripción en el RFC, al solicitar su inscripción consignarán para cada uno de los residentes en el extranjero la clave en el RFC genérico: EXT990101NI1 y/o EXTF900101NI1, para personas morales y físicas respectivamente (regla 2.4.14.)
- Los causantes con domicilio fiscal en los municipios de Comondú, La Paz, Loreto, Los Cabos y Mulegé, de Baja California Sur podrán aplicar la deducción inmediata del 100% respecto de las inversiones que efectúen hasta el 31 de octubre de 2015 (regla 11.5.2.)
- Se adicionan las reglas para aplicar los beneficios otorgados en materia de vivienda a quienes presten servicios parciales de construcción de inmuebles destinados a casa habitación (reglas 11.11.1 y 11.11.2.)
Tomado de: http://www.idconline.com.mx/infoflash/2015/07/3-modificacin-a-la-rmisc-2015
VIERNES 10
La SHCP publica los anexos 1, 1-a, 3, 7, 11, 13, 14, 15, 17, 23 y 26, de la Tercera resolución de modificaciones a la Resolución miscelánea fiscal para 2015 misma que se había dado a conocer durante mayo y junio en el portal del SAT:
- Anexo 1 Declaraciones, avisos, formatos e instructivos de trámite
- Anexo 1-A Trámites fiscales
- Anexo 3 Criterios no vinculativos de las disposiciones fiscales y aduaneras (en la que se modifica el apartado de la Ley de ingresos sobre hidrocarburos)
- Anexo 7 Compilación de criterios normativos
- Anexo 11 Catálogos de claves de nombres genéricos de bebidas alcohólicas y marcas de tabacos labrados
- Anexo 13 Áreas geográficas destinadas para la preservación de flora y fauna silvestre y acuática
- Anexo 14 De las donatarias autorizadas
- Anexo 15 Sobre el Impuesto sobre Automóviles Nuevos
- Anexo 17 Requisitos que deben cumplir las personas que soliciten ante el SAT autorización como Proveedor de Servicio
- Anexo 23 Domicilios y circunscripciones de las Ubicación de las unidades administrativas del SAT
- Anexo 26 Códigos de seguridad en cajetillas de cigarros
El INEGI publica el INPC del mes de junio que es de 115.95 puntos
LUNES 13
El portal del SAT publica la Cuarta Modificación a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2015 y sus Anexos 3 y 7
- Anexo 3 Criterios no vinculativos de las disposiciones fiscales y aduaneras en el que se modifica lo referente a la Ley de Ingresos sobre hidrocarburos
- Anexo 7 Compilación de criterios normativos donde se modifican algunos criterios de la Ley de ingresos sobre hidrocarburos.
JUEVES 16
La SHCP publica oficio por medio del que se notifica que los contribuyentes a que se refiere el Anexo 1 del presente oficio se han ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación: ARTICULO 69-B. Cuando la autoridad fiscal detecte que un contribuyente ha estado emitiendo comprobantes sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material, directa o indirectamente, para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que amparan tales comprobantes, o bien, que dichos contribuyentes se encuentren no localizados, se presumirá la inexistencia de las operaciones amparadas en tales comprobantes(Presunción de la autoridad)
Es una aportación de CP., PCFI. y MI. JOSÉ LUIS CASTRO PERALTA